Condena de 165.723 € por sufrimiento fetal


Indicadores de sufrimiento fetal ignorados
El registro cardiotocográfico realizado durante el parto mostró alteraciones significativas en la frecuencia cardíaca fetal, lo que es un indicio claro de sufrimiento fetal. La hipoxia, una falta de oxígeno en el feto, requiere una intervención rápida para evitar daños irreversibles. Sin embargo, el personal médico no actuó con la rapidez necesaria ni adoptó medidas para confirmar el diagnóstico de hipoxia o resolver el parto de forma inmediata mediante una cesárea.
El SAS admitió en la Resolución que el retraso de al menos dos horas en la resolución del parto fue determinante para el agravamiento de la hipoxia y las lesiones neurológicas permanentes de la niña. La demora en adoptar una decisión ante un riesgo evidente de pérdida de bienestar fetal resultó en consecuencias devastadoras para la recién nacida, que ahora sufre parálisis cerebral, tetraparesia espástica y un síndrome convulsivo neonatal.
Secuelas graves: daño neurológico permanente
Las secuelas que padece la niña son extremadamente graves. La parálisis cerebral y la tetraparesia espástica limitan severamente su movilidad y desarrollo físico, mientras que el síndrome convulsivo afecta su capacidad cognitiva y su calidad de vida. Estos daños son consecuencia directa de la falta de oxígeno al cerebro durante el parto, que podría haberse evitado si se hubiera tomado la decisión de realizar una cesárea a tiempo.
El SAS reconoce en su informe que la demora en actuar cuando los registros cardiotocográficos mostraron alteraciones fue decisiva en el resultado final. Si el parto se hubiera resuelto antes, las graves secuelas neurológicas que sufre la niña podrían haberse evitado o, al menos, mitigado considerablemente.
Mala praxis médica: falta de diligencia en la atención del parto
El caso ha sido considerado como un claro ejemplo de mala praxis médica, ya que la atención proporcionada por el equipo sanitario no fue diligente ni acorde con los estándares que exige la lex artis ad hoc. La falta de actuación inmediata cuando el bienestar fetal estaba en riesgo es una infracción grave de los protocolos médicos. Como resultado, la vida de la niña quedó marcada por un daño neurológico irreversible que afectará tanto su desarrollo físico como su capacidad cognitiva de por vida.
Jiménez Moragas, abogada del despacho Castillo-Calvín, quien defendió los intereses de la familia, explicó que: “Si la atención sanitaria durante el proceso de parto hubiera sido diligente, prudente y oportuna, el daño sufrido por la niña podría haberse evitado. El personal médico debió haber actuado inmediatamente ante las señales de sufrimiento fetal, pero la falta de intervención a tiempo provocó un daño neurológico irreversible que se podría haber prevenido con una cesárea a tiempo.”
La importancia de la monitorización y la respuesta médica inmediata
El registro cardiotocográfico es una herramienta esencial para monitorizar el estado del feto durante el parto, y los signos de sufrimiento fetal no pueden ser ignorados. Cuando las alteraciones en la frecuencia cardíaca fetal indican una hipoxia, los protocolos médicos establecen la necesidad de actuar con rapidez, ya que cada minuto es crucial para evitar daños neurológicos graves.
En este caso, la falta de respuesta ante los claros signos de sufrimiento fetal no solo retrasó la resolución del parto, sino que aumentó considerablemente el riesgo de que el feto sufriera daños permanentes por la falta de oxígeno. El retraso de dos horas en adoptar las medidas adecuadas, ya fuera una cesárea de urgencia o el uso de otras técnicas para acelerar el parto, fue determinante para el desenlace fatal en términos de salud neurológica de la niña.
Consecuencias legales e indemnización
La indemnización de 165.723 euros concedida por el SAS es un reconocimiento del error médico y de la negligencia en el proceso de atención sanitaria durante el parto. Esta compensación tiene como objetivo mitigar, en la medida de lo posible, el sufrimiento y las necesidades especiales que la niña y su familia enfrentarán a lo largo de su vida debido a las secuelas graves e irreversibles causadas por la hipoxia.
La Resolución administrativa también es un recordatorio de la responsabilidad médica que tienen los hospitales y el personal sanitario de garantizar la seguridad y el bienestar tanto de la madre como del feto durante el parto. En situaciones donde se detecta sufrimiento fetal, la falta de acción inmediata puede tener consecuencias devastadoras, como en este caso, donde la negligencia médica ha resultado en un daño neurológico permanente.
Reflexión sobre la responsabilidad en los partos de riesgo
Este caso subraya la importancia crítica de una atención médica adecuada en los partos de riesgo y la necesidad de que los profesionales de la salud actúen con rapidez y precisión cuando el bienestar fetal está en juego. Los protocolos de monitorización fetal son esenciales para identificar problemas como la hipoxia, y las decisiones médicas deben tomarse con diligencia cuando se presentan complicaciones.
El daño neurológico causado a la recién nacida, que afectará su vida para siempre, es una consecuencia directa de una falta de actuación oportuna, lo que evidencia una mala praxis médica. La indemnización, aunque significativa, no puede revertir el daño sufrido, pero al menos ofrece a la familia un reconocimiento de la responsabilidad por parte de la Administración y cierta ayuda para cubrir los costos que implica el cuidado de una niña con necesidades especiales.
Conclusión
La condena del Servicio Andaluz de Salud a indemnizar con 165.723 euros a la recién nacida es un claro ejemplo de las consecuencias legales de no actuar ante señales de sufrimiento fetal. El fallo reconoce la negligencia cometida durante el parto, al no responder adecuadamente a las alteraciones que indicaban la necesidad de una cesárea urgente. La demora en la resolución del parto provocó daños neurológicos irreversibles que afectarán la vida de la niña de manera significativa. Este caso subraya la importancia de una atención médica rápida y eficaz para prevenir complicaciones graves y, en última instancia, proteger la vida y el bienestar de los recién nacidos.
El Servicio Andaluz de Salud ha sido condenado a indemnizar con 165.723 euros a una recién nacida tras reconocer una negligencia médica durante el proceso de parto. El fallo se basa en el hecho de que, a pesar de que los registros mostraban signos claros de sufrimiento fetal debido a una hipoxia grave, no se tomaron las medidas necesarias para acelerar el parto o proceder a una cesárea de urgencia, lo que habría prevenido el daño neurológico irreversible que sufre la niña.


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