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Indemnizan a una recién nacida con 165.723 €, al no detectar sufrimiento fetal durante el parto


Estima el SAS la reclamación por negligencia médica en el parto interpuesta por el despacho Castillo-Calvín en nombre de la niña.

La Administración reconoce que, a pesar de que el registro cardiotocográfico realizado durante el parto mostraba alteraciones en la frecuencia cardiaca -lo que indicaba la presencia de sufrimiento fetal por falta de oxígeno (hipoxia grave)-, no se adoptaron medidas encaminadas a confirmar este dato o a finalizar el parto de forma precoz, mediante cesárea. Y esta demora en el parto, supuso la agravación de la hipoxia así como de las lesiones neurológicas de la recién nacida.

Este retraso en resolver el parto una vez manifestado el riesgo de pérdida de bienestar fetal (al menos de dos horas) así como que la recién nacida presentara graves secuelas (parálisis cerebral, tetraparesia espástica y síndrome convulsivo neonatal), indican que hubo una mala praxis por parte del centro hospitalario de Granada.

Como señala Jiménez Moragas, abogada de la firma que ha defendido los intereses de la perjudicada en este procedimiento, “si la atención sanitaria recibida por la madre durante su proceso de parto hubiese sido diligente, prudente y oportuno, se habría evitado el daño objetivo que presentó la niña”.

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