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Pérdida de oportunidad: error diagnóstico y falta de consentimiento informado

El retraso en el diagnóstico de la rotura del tendón genera responsabilidad patrimonial de la administración

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, estimando el recurso presentado por el despacho Castillo-Calvín Abogados, considera que hubo un retraso en el diagnóstico de la rotura del tendón del cuádriceps de la paciente, al no hacerle en el Servicio Andaluz de Salud ninguna prueba complementaria que hubiera permitido detectar la lesión. Esta negligencia médica provocó que perdiera la oportunidad de operarse con mayor prontitud, lo que habría minimizado las graves secuelas que le han quedado, así como el tiempo de curación. En la actualidad la paciente precisa de la ayuda de dos muletas para poder caminar, y además padece un perjuicio estético por cicatrices y cojera, así como un grado de discapacidad a consecuencia de este error médico por retraso diagnóstico.

Se produjo una infracción de la lex artis por ausencia de consentimiento informado

La Sala aprecia un evidente déficit en el consentimiento informado que se proporcionó a la paciente con motivo de la operación de artrolisis artroscópica de la rodilla izquierda. No se empleó un consentimiento adecuado que informara del riesgo de rotura del aparato extensor (tendón cuadricipital), tal y como exige la Sociedad Española de Traumatología y Cirugía Ortopédica. El cirujano que operó a la paciente y que debió haberla informado de tales riesgos no lo hizo, incumpliendo lo previsto en los artículos 3, 4, 8.2 y 10 de Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información.


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Como señala José Miguel Castillo Calvín, abogado de la reclamante, "consta acreditado que el médico disponía de un formulario de consentimiento específico para las operaciones de artrolisis en el que se informa expresamente que la rotura de tendones es unos de los riesgos más frecuentes en este tipo de intervenciones. La supuesta información verbal que proporcionó a la paciente no consta anotada en su historia clínica y, en todo caso, considera la Sentencia que resulta insuficiente pues el consentimiento informado debió constar por escrito al tratarse de una intervención quirúrgica.

La omisión del consentimiento informado de la paciente supone una infracción de la lex artis, pues las secuelas irreversibles de la paciente no fueron consecuencia de un proceso de evolución natural de una dolencia física, sino que tienen su causa en una omisión asistencial acreditada. Por ello, considera la sentencia que se le privó de una información relevante que podría haber influido a la hora de tomar la decisión de operarse o no, de forma que finalmente prestó su consentimiento sin saber que se exponía a sufrir como complicación derivada de la operación la rotura de un tendón tan importante anatómica y funcionalmente como el cuadricipital, que es el que inserta el músculo del cuádriceps en la rótula, lo que hace que dicho importante déficit en la información que se suministró a la paciente, según constante jurisprudencia, constituya una infracción de la "lex artis" que revela una manifestación anormal del servicio sanitario.

Condena a indemnizar por pérdida de oportunidad

En aplicación de la doctrina de la "pérdida de oportunidad", el tribunal fija la indemnización en la cantidad de 62.485 euros. Señala a este respecto:

“Retomando el diagnóstico tardío como hecho generador de responsabilidad patrimonial, aunque no existe la absoluta certeza del grado de afectación en la salud de la recurrente por la demora en el diagnóstico de la rotura del tendón cuadricipital y de cómo habría mejorado la articulación de haberse operado antes, sí puede representarse hipotéticamente que las secuelas seguidas de una más temprana intervención quirúrgica hubiera sido de menor entidad, lo que engarza con la conocida doctrina que emana de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre la pérdida de oportunidad que fue invocada en la instancia por la actora en su demanda”.

sentencia condena negligencia medica por error diagnostico

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