275.000 € y pensión vitalicia por la pérdida de la historia clínica

pérdida de la historia clínica
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Contexto del Caso

El caso se remonta a un parto complicado en el que el recién nacido sufrió una hipoxia perinatal, es decir, una falta de oxígeno durante el proceso de nacimiento, lo que provocó lesiones cerebrales permanentes. Según los abogados del despacho Castillo-Calvín, que representaron a la menor y a sus padres en la reclamación por negligencia médica, la falta de oxígeno durante el parto puede ocurrir de dos maneras:

  1. Hipoxia prolongada: Falta de oxígeno en la placenta de forma continua.

  2. Hipoxia aguda: Episodios cortos de falta de oxígeno, pero con un impacto grave.

El problema principal en este caso es que no se pudieron determinar las circunstancias exactas de la hipoxia sufrida por la recién nacida debido a que los registros cardiotocográficos que monitorizaban el estado del feto y el trabajo de parto se extraviaron. Estos registros eran cruciales para analizar el estado del bebé durante las horas previas al nacimiento y para evaluar si la atención médica, en particular la decisión de practicar una cesárea, se llevó a cabo conforme a la lex artis ad hoc.

La Responsabilidad de la Administración por la Pérdida de Documentación Clínica

El TSJA determinó que la pérdida de estos registros tocográficos constituyó una infracción del deber de custodia y conservación de la documentación clínica, que es responsabilidad de la Administración sanitaria. Este incumplimiento no solo contraviene la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, sino que también tuvo un impacto directo en la capacidad del SAS para defenderse adecuadamente en el proceso.

La importancia de los registros tocográficos es fundamental en la monitorización del trabajo de parto y el estado del feto. Su ausencia impidió un examen riguroso de si la asistencia sanitaria fue correcta o si se produjo una negligencia médica por retraso en la práctica de la cesárea o en el control del sufrimiento fetal. Este extravío imposibilitó probar que no hubo infracción de la lex artis, colocando a la Administración en una situación de indefensión frente a las acusaciones de negligencia.

Sentencia Inicial y Recurso de Apelación

En una primera instancia, el juzgado de lo contencioso-administrativo de Sevilla estimó parcialmente la reclamación, concediendo una indemnización de 80.000 € y reconociendo una pensión vitalicia de 1.750 € al mes para la menor, en atención a las graves lesiones permanentes sufridas.

Sin embargo, los abogados del despacho Castillo-Calvín presentaron un recurso de apelación ante el TSJA, argumentando que la indemnización inicial no compensaba adecuadamente el daño sufrido por la menor y su familia. El TSJA aceptó el recurso, aumentando significativamente la indemnización a 275.000 €, manteniendo además la pensión mensual.

Principio de Pérdida de Oportunidad y Daño Cerebral

Uno de los aspectos clave de este caso es el concepto de pérdida de oportunidad, que ha sido determinante en la sentencia del TSJA. El tribunal concluyó que la pérdida del historial clínico impidió que se realizara una evaluación exhaustiva sobre si la actuación médica fue conforme a los estándares de la lex artis, lo que privó a la familia de la oportunidad de probar que una intervención médica oportuna podría haber mitigado o evitado el daño cerebral de la menor.

La sentencia refleja cómo el extravío de pruebas cruciales por parte de la Administración afecta no solo al derecho del paciente a una atención adecuada, sino también a la capacidad de la propia Administración para demostrar que actuó correctamente. En este caso, la imposibilidad de analizar los registros tocográficos fue decisiva para inclinar la balanza a favor de los demandantes, quienes no pudieron acceder a una información crítica para conocer las condiciones exactas del parto.

Consecuencias Jurídicas y Éticas de la Pérdida de Documentación Clínica

El fallo del TSJA establece un precedente importante sobre la responsabilidad de la Administración sanitaria en la custodia de los documentos clínicos. La Ley 41/2002 obliga a las instituciones sanitarias a conservar la documentación clínica de los pacientes, y la pérdida de estos documentos puede tener consecuencias graves tanto desde el punto de vista jurídico como ético.

En este caso, el incumplimiento de este deber ha resultado en una compensación económica significativa para los afectados, pero también subraya la importancia de asegurar que los registros médicos se custodien de manera adecuada para evitar situaciones en las que la falta de información pueda llevar a un desenlace perjudicial para los pacientes y sus familias.

Conclusión

El caso resuelto por el TSJA es un claro ejemplo de cómo la negligencia administrativa en la custodia de los registros clínicos puede tener un impacto determinante en la resolución de un caso de responsabilidad médica. La pérdida de los registros tocográficos privó a los demandantes de la posibilidad de evaluar de manera precisa si la atención médica fue adecuada y conforme a la lex artis, lo que llevó a una compensación económica sustancial y a la concesión de una pensión vitalicia para la menor afectada.

Este fallo refuerza el derecho de los pacientes y sus familias a una documentación clínica adecuada y accesible, y pone de manifiesto la necesidad de que los centros sanitarios adopten medidas estrictas para garantizar la integridad y custodia de los registros médicos, especialmente en situaciones de alto riesgo como las que involucran el nacimiento y los partos complicados. La sentencia del TSJA no solo garantiza una compensación justa para la familia afectada, sino que también refuerza la importancia de cumplir con las obligaciones legales en la conservación de la información clínica.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al SAS a pagar 275.000 € y una pensión vitalicia mensual de 1.750 € a una menor que sufrió graves daños cerebrales durante su nacimiento debido a una negligencia médica. El fallo tiene su origen en la pérdida del historial clínico, concretamente de los registros tocográficos que debían haber sido conservados y custodiados por los servicios sanitarios, pues habrían permitido determinar las circunstancias del parto y evaluar si la actuación del equipo médico fue conforme a la lex artis ad hoc.

condena por pérdida de la historia clínica
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