
Castillo-Calvín Abogados | Negligencias Médicas Móstoles
Abogados de negligencias médicas en Móstoles: reclamaciones frente al Hospital General y el Rey Juan Carlos


Si usted o un familiar ha sido víctima de una negligencia médica en Móstoles —ya sea en el Hospital General de Móstoles, en el Hospital Rey Juan Carlos o en cualquier clínica privada de la zona sur de Madrid—, en Castillo-Calvín Abogados llevamos más de 30 años defendiendo los derechos de los pacientes y obteniendo las indemnizaciones que les corresponden.
Atendemos a afectados de toda la zona metropolitana sur de la Comunidad de Madrid: Móstoles, Leganés, Fuenlabrada, Alcorcón, Navalcarnero y municipios limítrofes. Gracias a nuestra plataforma de atención telemática, puede consultarnos desde su domicilio sin necesidad de desplazarse, y nuestro equipo de abogados especializados en Derecho Sanitario analizará su caso de forma inmediata.
Si prefiere una reunión presencial, puede concertar una cita en nuestra oficina de Madrid capital en calle Montalbán, 3, 4º Dcha., perfectamente comunicada con Móstoles a través de la línea 12 de metro ligero y la autovía A-5.
Los centros hospitalarios de Móstoles y el Área Sanitaria 8 del SERMAS
Móstoles y su entorno están cubiertos sanitariamente por el Área Sanitaria 8 del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), que engloba los siguientes centros de referencia:
Hospital General de Móstoles. Es el hospital público de referencia histórica del municipio. Ofrece asistencia de urgencias, medicina interna, cirugía, obstetricia, traumatología y otras especialidades. Cualquier negligencia cometida por su personal sanitario genera responsabilidad patrimonial de la Administración de la Comunidad de Madrid, reclamable ante la Consejería de Sanidad o directamente frente al SERMAS.
Hospital Rey Juan Carlos (Móstoles). Inaugurado en 2012, es un hospital de gestión mixta (concesión administrativa) que atiende a la población del sur metropolitano de Madrid. Su especial naturaleza jurídica —con gestión privada pero financiación pública— puede generar dudas sobre la vía de reclamación más adecuada. En Castillo-Calvín Abogados conocemos en profundidad los criterios jurisprudenciales aplicables a este tipo de centros y le orientaremos con precisión.
Además de estos dos hospitales, el Área 8 incluye los siguientes centros de atención primaria donde también pueden producirse errores médicos reclamables: Centros de Salud Móstoles I, Móstoles II, Móstoles III, Móstoles IV, Móstoles V y Móstoles Rural, entre otros.
¿Cómo reclamar una negligencia médica en el Hospital General de Móstoles o en el Hospital Rey Juan Carlos?
El procedimiento para reclamar depende de si el hospital es público o de gestión mixta:
Si la negligencia se produjo en el Hospital General de Móstoles (hospital público)
Al ser un hospital dependiente del SERMAS, la reclamación sigue la vía de responsabilidad patrimonial de la Administración:
Reclamación previa ante la Comunidad de Madrid: Se presenta ante la Consejería de Sanidad o ante el propio SERMAS, en el plazo de 1 año desde que se manifestó el daño o se estabilizaron las secuelas. El escrito debe identificar al paciente, describir los hechos, acreditar el daño y solicitar la indemnización correspondiente.
Resolución o silencio administrativo: La Administración tiene 6 meses para resolver. Si no responde, opera el silencio negativo y queda abierta la vía judicial.
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso o el TSJM: Si es necesario acudir a la vía judicial, los asuntos contencioso-administrativos se tramitan ante los órganos del orden contencioso con sede en Madrid (Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y, cuando procede, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM).
Si la negligencia se produjo en el Hospital Rey Juan Carlos (gestión mixta)
La naturaleza jurídica de este centro puede dar lugar a reclamaciones tanto por la vía contencioso-administrativa (frente a la Administración concedente) como por la vía civil (frente a la entidad gestora privada). El análisis del contrato de concesión y de los hechos concretos determina la estrategia más adecuada. En Castillo-Calvín Abogados realizamos un análisis de viabilidad forma gratuita en la primera consulta.
Si la negligencia se produjo en una clínica privada de Móstoles
La reclamación se ejercita por la vía civil ante los Juzgados de Primera Instancia de Móstoles, bien mediante acción contractual (plazo de 5 años) o extracontractual (plazo de 1 año), o bien mediante acción directa contra la aseguradora de responsabilidad civil del centro (plazo de 2 años, al amparo del art. 76 de la Ley del Contrato de Seguro).
Para que exista una negligencia médica reclamable —ya sea ante el SERMAS o ante un centro privado de Móstoles— deben concurrir tres elementos:
Infracción de la lex artis: El profesional sanitario no actuó conforme al estándar de cuidado exigible en su especialidad, dadas las circunstancias del caso.
Daño real: El paciente sufrió un perjuicio efectivo: físico, psíquico, moral o económico.
Relación de causalidad: El daño es consecuencia directa de la infracción de la lex artis, y no de la propia evolución natural de la enfermedad.
En Castillo-Calvín Abogados contamos con un equipo de peritos médicos especializados que analizará su historia clínica para determinar si estos tres elementos están presentes en su caso. Esta valoración inicial es gratuita y sin compromiso.
La indemnización puede comprender:
Daño físico y secuelas permanentes (baremo orientativo de la Resolución de la Fiscalía del TS o criterios jurisprudenciales del TSJM).
Daño moral del paciente y de sus familiares.
Lucro cesante: Ingresos dejados de percibir como consecuencia de las secuelas.
Gastos médicos, de rehabilitación y de adaptación del domicilio o vehículo si las secuelas lo requieren.
¿Tiene derecho a indemnización por la negligencia sufrida en Móstoles?
¿Por qué confiar en Castillo-Calvín Abogados para su reclamación?
Más de 30 años de experiencia en Derecho Sanitario, con centenares de casos ganados en toda la Comunidad de Madrid.
Conocimiento específico del sistema sanitario del Área 8 y de los centros hospitalarios de Móstoles.
Atención telemática sin desplazamiento: Envíenos su documentación médica y le respondemos en el menor plazo posible, sin que usted tenga que venir a Madrid capital.
Acceso a peritos médicos especializados: Colaboramos con especialistas en todas las ramas de la medicina que preparan y defienden en juicio el informe pericial que respalda su reclamación.
Experiencia en el Tribunal Supremo: Cuando los casos lo requieren, disponemos de la especialización necesaria para recurrir en casación ante el Alto Tribunal.
Contacte con nuestros abogados
Si cree que usted o un familiar ha sufrido una negligencia médica en Móstoles o en cualquier municipio del sur de Madrid, no espere: los plazos corren desde el momento en que se produce el daño.
Le explicaremos sin compromiso si su caso tiene fundamento, qué vía de reclamación es la más adecuada y cuánto tiempo tiene para actuar.
SELECCIÓN DE CASOS GANADOS
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