Indemnizan con 6.900 € a una paciente que sufrió quemaduras durante la rehabilitación


Un tratamiento que empeoró la patología de la paciente
La paciente acudió al hospital tras un accidente en el hombro izquierdo que le causó una rotura del tendón supraespinoso, una lesión que requiere un tratamiento especializado y rehabilitación intensiva para recuperar la movilidad y función del hombro. Durante una sesión de fisioterapia, se le aplicaron infrarrojos con el fin de reducir el dolor y la inflamación asociados a su lesión. Sin embargo, la exposición a la radiación infrarroja fue excesiva, lo que provocó una quemadura de segundo grado en la parte posterior de su hombro.
La quemadura no solo causó un dolor adicional, sino que obligó a suspender temporalmente el tratamiento rehabilitador para que la piel lesionada pudiera curarse. Esto supuso un retraso en su recuperación de más de dos meses, durante los cuales la paciente tuvo que centrarse en la curación de la quemadura antes de retomar la fisioterapia para la lesión original del hombro.
Reconocimiento de la negligencia médica
El SAS reconoció la negligencia médica en su Resolución, admitiendo que la quemadura fue consecuencia de una aplicación incorrecta de los infrarrojos durante la sesión de fisioterapia. La radiación infrarroja es un tratamiento habitual en fisioterapia, pero no es exenta de riesgos. El fallo en el control adecuado de la radiación provocó una lesión que podría haberse evitado si se hubieran seguido las medidas de seguridad necesarias.
En el texto de la Resolución, se admite que: "La radiación infrarroja constituye un medio de fácil aplicación, de efectos rápidos y útiles para muchos procesos. No obstante, no es inocua y requiere de precauciones para evitar daños como el sufrido por la paciente, quien tras la aplicación excesiva sufrió una quemadura con evolución satisfactoria, pero que dejó una cicatriz permanente con escasa respuesta a las medidas terapéuticas indicadas."
Esta admisión de culpa pone de relieve que el uso de infrarrojos, aunque eficaz en muchos tratamientos, debe manejarse con cuidado para evitar incidentes como el ocurrido, en el que el exceso de radiación tuvo consecuencias adversas para la salud de la paciente.
Un riesgo previsible y evitable
El despacho Castillo-Calvín Abogados, especializado en derecho sanitario, presentó la reclamación en nombre de la paciente, argumentando que la quemadura fue consecuencia de un riesgo previsible y evitable. Aunque los infrarrojos son una herramienta útil en fisioterapia, su aplicación sin las precauciones adecuadas puede causar lesiones graves en la piel, como en este caso.
Como se subrayó en la reclamación patrimonial: "La quemadura sufrida por la paciente fue un daño evitable, ya que se trata de un riesgo conocido en la aplicación de infrarrojos. Los profesionales sanitarios deberían haber seguido las medidas de seguridad necesarias para evitar un daño tan severo, que además de provocar un dolor adicional, retrasó considerablemente su proceso de recuperación."
La reclamación también destacó que la quemadura causó un impacto significativo en la paciente no solo por el dolor físico y el retraso en la rehabilitación, sino también por las secuelas estéticas derivadas de la cicatriz permanente en el hombro, que ha afectado tanto su autoestima como su calidad de vida.
Impacto en la rehabilitación y consecuencias permanentes
El daño causado por la quemadura fue mucho más allá del dolor físico. Debido a la lesión sufrida, la paciente tuvo que interrumpir el tratamiento de rehabilitación que estaba recibiendo para su lesión en el tendón, lo que resultó en un retraso de dos meses en su proceso de recuperación. Durante ese tiempo, la prioridad fue sanar la quemadura, lo que implicó una pausa involuntaria en el tratamiento del problema original del hombro.
Además, la quemadura dejó una cicatriz permanente en la parte posterior del hombro, una secuela que no solo afecta estéticamente a la paciente, sino que también ha tenido un impacto psicológico considerable. La cicatriz ha mostrado poca respuesta a los diferentes tratamientos aplicados, lo que limita las opciones de mejora estética para la paciente y la obliga a convivir con una marca visible, resultado de una intervención que debería haber aliviado su condición y no empeorarla.
La Resolución del SAS admite que: "La lesión cicatricial ha tenido una evolución limitada a pesar de las medidas terapéuticas indicadas, generando una secuela estética que afecta de forma visible a la paciente."
Reflexión sobre el caso y la importancia de la diligencia en el tratamiento
Este caso pone de manifiesto la importancia de la diligencia en la aplicación de tratamientos terapéuticos y rehabilitadores. Los infrarrojos, aunque son un método eficaz y habitual en fisioterapia, no están exentos de riesgos, y su uso debe ser supervisado y controlado para evitar daños colaterales. En este caso, la falta de atención y control en la aplicación de los infrarrojos no solo agravó la situación de la paciente, sino que también añadió un nuevo problema de salud que podría haberse evitado.
La indemnización de 6.900 euros otorgada por el SAS es un reconocimiento del daño causado y de la responsabilidad de los servicios sanitarios en este error, aunque el impacto físico y emocional en la paciente es difícil de compensar. Esta decisión pone de relieve la obligación de los profesionales sanitarios de actuar con la máxima diligencia, especialmente cuando el tratamiento en cuestión, como el uso de infrarrojos, tiene riesgos conocidos.
Conclusión
El caso de esta paciente es un claro ejemplo de cómo un tratamiento terapéutico mal aplicado puede tener consecuencias negativas e irreparables para los pacientes. La negligencia en la aplicación de infrarrojos durante una sesión de fisioterapia causó una quemadura de segundo grado, retrasó su rehabilitación y dejó una cicatriz permanente. La indemnización de 6.900 euros refleja el reconocimiento de este error por parte del SAS, pero también destaca la responsabilidad que tienen los profesionales sanitarios de evitar riesgos innecesarios y garantizar la seguridad de los pacientes en todo momento.
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado a indemnizar con 6.900 euros a una paciente que sufrió una quemadura de segundo grado durante una sesión de fisioterapia en el Hospital Universitario San Cecilio de Granada. El error ocurrió durante la aplicación de radiación infrarroja para tratar una lesión en el hombro izquierdo, que la paciente había sufrido previamente debido a la rotura del tendón supraespinoso. La quemadura no solo retrasó su rehabilitación, sino que agravó su estado de salud y le dejó una cicatriz permanente, lo que provocó importantes secuelas estéticas y funcionales.
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