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Negligencia medica por error en el tratamiento de una diabetes


El paciente no conoció el diagnóstico de diabetes mellitus. Ni siquiera supo que estaba enfermo, hasta que fue demasiado tarde.

Por esta falta de información acerca de su diagnóstico y tratamiento, al que como todo paciente tenía derecho, la Administración resuelve indemnizarlo con 30.000 euros.

El enfermo siguió con su vida normal ante el desconocimiento de la hipoglucemia que padecía, con un descontrol metabólico mantenido a lo largo de los años sin tratamiento alguno. Esto agravó su estado de salud, al impedirle recibir la atención y cuidados que su enfermedad requería. Como resultado de ello, en la actualidad sufre una de las secuelas más incapacitantes que pueden derivarse de esta enfermedad.

La historia clínica demuestra que tan pronto como se tomaron medidas dirigidas a controlar la diabetes los valores se normalizaron, aunque el daño ya se había producido y su estado era irreversible, pudiendo optar únicamente a tratamiento paliativo del dolor.

Derecho del paciente a ser informado

Además del daño ocasionado por esta negligencia médica, los servicios sanitarios incumplieron con su obligación de informar adecuadamente al paciente, como elemento integrante de la lex artis ad hoc, lo que constituye por sí misma causa de responsabilidad patrimonial de la Administración, pues el cumplimiento de dicha exigencia resulta imprescindible para la asunción del riesgo por el interesado y para que venga jurídicamente obligado a soportar el daño.

La Resolución que estima la reclamación patrimonial presentada por el despacho de especialistas en derecho Sanitario, Castillo-Calvín Abogados, se pronuncia acerca de la asistencia recibida, señalando que “La polineuropatía presentada por el paciente constituye uno de los cuadros complicativos más importantes y graves que se suceden tras el padecimiento de una diabetes de larga duración con pobre control de los niveles de glucemia (..). Estas anomalías neurológicas, aparecen ordinariamente tras una larga evolución de un trastorno metabólico no bien controlado, por lo que es bien factible que existiera desde años antes sin ser detectado.

No existe control del paciente por atención primaria ni se refleja en la historia de salud control alguno relacionado con cuadro diabetógeno por tanto entendemos que la apreciacion a nivel de urgencia en octubre de 2009 pudo ponerla de manifiesto (la hiperglucemia) y no se hizo”. La conclusión a la que se llega es que” no hubo información del facultativo al paciente y su familia, al menos en lo concerniente a la hiperglucemia que apareció en la analítica y que fue informada como normal”.


Abogados especialistas en negligencias medicas en Madrid

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