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56.660 € por una torsión ovárica no diagnosticada

La torsión ovárica es una afección grave que requiere atención médico-quirúrgica urgente pues su aparición lleva aparejada la interrupción de la circulación (isquemia) que puede desembocar en una necrosis irreversible del ovario afectado.


En este caso, la paciente acudió al hospital público con los síntomas habituales de padecer esta grave afectación. A pesar de ello, los médicos que atendieron a la joven demoraron seis días el diagnóstico de la torsión de ovario que presentaba, pues no le practicaron una simple ecografía abdominal y pélvica, que hubiera permitido el diagnóstico precoz de la torsión ovárica que presentaba desde un primer momento.


Además, junto al negligente retraso diagnóstico, se produjo otra mala praxis, esta vez quirúrgica, pues una vez confirmada la torsión y descartada la existencia de tumor, teratoma o quiste, el abordaje operatorio debería haber consistido en la detorsión del ovario afectado, en vez de la anexectomía (extirpación) del ovario más la trompa de Falopio.


El informe pericial aportado por la reclamante concluye que «en la atención médica demandada en urgencias de Centros Hospitalarios, con dotación de medios de diagnóstico por imagen, se debería haber realizado una ecografía abdominal y pélvica, que hubiera llevado al diagnóstico precoz de torsión ovárica». Igualmente señala, que «de haberse actuado según el protocolo, el tratamiento de elección hubiese sido la detorsión y muy posiblemente se hubiese preservado la función ovárica».


La decisión del Servicio de Salud acoge así los argumentos expuestos en la reclamación presentada por el despacho Castillo-Calvín, quien ha defendido los intereses de la paciente, indemnizándola en la cantidad de 56.660 euros.




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