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Condena por la muerte de un paciente al que no diagnosticaron de leucemia


El paciente perdió oportunidades de tratamiento, falleciendo sin tan siquiera conocer el diagnóstico definitivo de la enfermedad que padecía.

Como señalaban en la demanda por negligencia médica presentada en nombre de la familia por el despacho Castillo-Calvín Abogados, se trata de una deficiencia asistencial imputable al Servicio Andaluz de Salud, debido a un total abandono diagnóstico y terapéutico de un paciente con leucemia durante todo un año, tiempo en el que no se le realizaron pruebas complementarias con objeto de conocer realmente el origen de la dolencia del paciente, establecer el plan terapéutico e informar debidamente al interesado. Y ello, a pesar de que el enfermo presentaba signos clínicos de sospecha de esta enfermedad, pues se le había detectado un cuadro de leucocitosis con monocitosis.

La ausencia de consentimiento informado, impidió igualmente que el paciente hubiera podido pedir una segunda opinión, o bien acudir a la sanidad privada, lo que hubiera podido resultar decisivo, en cuanto existían opciones de tratamiento, como determinaron los peritos en el acto de juicio.

Partiendo de la doctrina jurisprudencial de la “pérdida de oportunidad”, la sentencia, dictada por el juzgado de lo contencioso de Sevilla, condena al SAS y a su aseguradora Zurich, al pago de 54.000 euros, por entender que las expectativas de curación del enfermo eran bajas y, sin embargo, muy altas las expectativas de evolucionar a una leucemia aguda mieloblástica, de consecuencias fatales.

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